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Trámites empresas de más de 25 trabajadores en Gipuzkoa
| Descripción |
Facilita la presentación telemática de las declaraciones y declaraciones-liquidaciones que las empresas de más de 25 trabajadores están obligadas a presentar |
| Colectivo |
Empresas |
| Certificados |
Entidad, ciudadano |
| Enlaces |
www.gipuzkoa.net/ogasuna |
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¿A quién se dirige esta campaña?
A las empresas que, siendo sujetos pasivos de la Hacienda Foral de Gipuzkoa, hayan tenido 25 o más empleados por cuenta ajena en Gipuzkoa en el ejercicio anterior, aun cuando alguno de dichos empleados no hubiera estado contratado durante el año completo.
Al objeto de concretar el colectivo de empresas que cumplen este criterio en este momento, se han tomado los datos facilitados en el modelo 190 presentado ante la Hacienda Foral de Gipuzkoa, referido al ejercicio 2003.
Estas empresas, a partir de la fecha establecida en la correspondiente orden foral reguladora, deben presentar telemáticamente vía Internet, utilizando la firma electrónica reconocida, las declaraciones y declaraciones-liquidaciones indicadas en dicha orden foral.
¿En qué supuestos están dichas empresas obligadas a utilizar la firma electrónica reconocida en sus relaciones con la Hacienda Foral de Gipuzkoa?
Las empresas con 25 trabajadores o más deberán utilizar la firma electrónica reconocida para la presentación telemática de aquellas declaraciones y declaraciones-liquidaciones que, teniendo la obligación de presentar, estén disponibles, en cada momento, en la web departamental (www.gipuzkoa.net/ogasuna) y sean susceptibles de remitirse telemáticamente.
Actualmente, están disponibles en la web las siguientes declaraciones y declaraciones-liquidaciones:
- Declaraciones-liquidaciones anuales de Sociedades: modelos 200 y 201.
- Declaraciones-liquidaciones mensuales y trimestrales de retenciones: modelos 110, 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128.
- Declaraciones-liquidaciones mensuales, trimestrales y anuales de IVA: modelos 300, 320, 330 y 390.
- Modelos informativos: modelos 180, 190, 193, 194 y 345.
Y estarán disponibles a corto plazo:
- Los modelos 347, 349 y 430.
La presentación telemática de dichas declaraciones y declaraciones-liquidaciones se verificará dentro del portal de servicios telemáticos Ogasunataria, para cuyo acceso habrá de acreditarse la identidad utilizando la firma electrónica reconocida.

Este portal permite entablar relaciones telemáticas con la Hacienda Foral en un entorno totalmente seguro, y reduciendo hasta la mínima expresión, o incluso eliminando, la necesidad de desplazarse a nuestras oficinas. Además, en él se ofrecen otros servicios de utilización potestativa a los que igualmente podrán acceder con la firma electrónica obtenida durante la campaña, tales como:
¿Dónde se pueden realizar consultas y aclarar dudas sobre los distintos aspectos de la campaña?
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