Euskadi.net

Inicio

Está en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Empresas

WAI A - WCAG 1.0

Programa de ayudas para la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial en la Comunidad Autónoma Vasca. 2008

 

 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras


Objeto

El presente programa tiene por objeto reconocer e impulsar la iniciativa emprendedora como motor de desarrollo económico, creador de empleo y cohesionador social.


Destinatarios/as

Ayuntamientos, Mancomunidades u otras Agencias de desarrollo local (o regional) de la Comunidad Autónoma del País Vasco integradas en la Asociación Vasca de Agencias de Desarrollo, así como la propia Asociación Vasca de Agencias de Desarrollo.


Dotación económica

- Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

- El importe de las ayudas podrán alcanzar hasta el 80% del gasto neto admitido derivado de la ejecución de las actividades subvencionables.

- Estas ayudas serán, en todo caso, el límite máximo de aportación del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, corriendo a cargo de cada entidad beneficiaria el pago de cualquier cantidad que exceda del presupuesto presentado. En el supuesto de que el gasto total ejecutado sea inferior al inicialmente previsto, se reajustará el importe de la ayuda concedida por este Departamento.


Normativa reguladora

ORDEN de 22 de octubre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas para la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2008, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2008, dentro del marco establecido por la Orden de 22 de octubre de 2008.

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas para la realización de acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial en la Comunidad Autónoma del País Vasco.


 


Personas de contacto

Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 82 03
E-mail:
n-nino@ej-gv.es


Documentación a aportar

a) Memoria descriptiva de las acciones a realizar en la que se contemplen los siguientes puntos:

Objetivos.
Personas destinatarias.
Detalle del contenido de las actividades e iniciativas desarrolladas o previstas realizar durante el ejercicio económico en el que se presenta la solicitud.
Detalle de materiales y medios humanos necesarios para desarrollar las citadas actividades.
Detalle del modo en que se prevé incorporar la perspectiva de género en las actividades propuestas, en su caso.
Calendario.
Justificación del proyecto que se presente, así como cualquier elemento que se considere de utilidad para evaluar la necesidad y el importe de la ayuda.

b) Presupuesto del ejercicio que incluirá el desglose de gastos por actuación.

c) Declaración jurada de las ayudas solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas, con indicación de las cuantías.

d) En su caso, copia de la escritura de constitución, estatutos y su inscripción en el Registro Mercantil.

e) Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante.

f) Cuando se den los supuestos establecidos en la Orden de 7 de octubre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, sobre acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los beneficiarios/as de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, o en la normativa que le sustituya, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi siempre que cuente con autorización expresa de la parte peticionaria, solicitará directamente a los órganos competentes en materia tributaria la expedición de certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los/as solicitantes de las ayudas y subvenciones. En el supuesto de que no constase en el expediente la citada autorización expresa, las entidades solicitantes deberán aportar el correspondiente certificado, salvo que se encuentren exentas según lo dispuesto en la Orden de 12 de Mayo de 2000, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública.

g) Declaración jurada o responsable de la entidad solicitante de no hallarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.


Plazo de presentacion

08/11/2008 - 09/12/2008


Lugar presentación solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en el registro del Departamento de Industria, Comercio y Turismo o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Departamento de Industria, Comercio y Turismo
Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz


Descripción de los trámites

Corresponderá a la Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras la realización de las tareas de gestión de las ayudas previstas en la presente Orden.


Órgano que resuelve

Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras


Plazo de resolución

Seis meses desde la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.




Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Impreso de solicitud


Otros documentos

-


Observaciones

-


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

06/11/2008