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WAI A - WCAG 1.0

Becas 2009 para la especialización en el ámbito de las Colectividades y Centros Vascos en el exterior.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza


Órgano gestor

Dirección de Relaciones con las Colectividades Vascas


Objeto

Impulsar la especialización y formación de personas en el área de las Colectividades y Centros Vascos en el exterior


Destinatarios/as

Los solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero del año en que se convoquen las becas, o ser socio o socia de un Centro Vasco oficialmente reconocido.

b) Poseer titulación universitaria superior.

c) Tener 30 años como máximo.

d) No haber sido beneficiario con anterioridad de una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.


Dotación económica

15.900 euros, importe sujeto a la retención fiscal correspondiente.


Normativa reguladora

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2008, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan Becas de especialización de personas en el ámbito de las Colectividades y Centros Vascos en el exterior.

DECRETO 221/2003, de 30 de septiembre, por el que se regulan becas de especialización de personas en el ámbito de las Relaciones Exteriores y de las Colectividades y Centros Vascos en el exterior.


Personas de contacto

Joseba I. Arregui (ji-arregui@ej-gv.es)

Tel.: (+34) 945 018127
Fax: (+34) 945 018158


Documentación a aportar

a) Fotocopia del DNI. Los socios de Centros Vascos deberán presentar Pasaporte.

b) Certificados acreditativos de los requisitos recogidos en las letras a) y b) del artículo 4 del Decreto.

c) Curriculum vitae, con inclusión del expediente académico.

d) Certificados de los estudios realizados y la experiencia práctica que tengan especial relevancia para la beca a la que se aspira. Los estudios que se acrediten, con objeto de ser computados como méritos, deberán tener carácter oficial y validez académica. Cuando no sea posible aportar documentos acreditativos de la capacidad de expresarse en forma oral o escrita en los idiomas cuyo conocimiento se valora como mérito según el artículo 8, deberá realizar las pruebas pertinentes.

e) Copia de los trabajos y publicaciones realizados por el solicitante.

f) Una fotografía tamaño carnet.

g) Declaración jurada de no haber sido beneficiario con anterioridad de una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.


Plazo de presentacion

01/11/2008 - 01/12/2008


Lugar presentación solicitudes

Eusko Jaurlaritzaren Lehendakaritza - Presidencia del Gobierno Vasco
Kanpo Harremanetarako Idazkaritza Nagusia - Secretaría General de Acción Exterior
Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz


Descripción de los trámites

Presentación de la solicitud junto con la documentación a aportar citada anteriormente (Artículo 5 del Decreto)


Órgano que resuelve

Secretaría General de la Presidencia


Plazo de resolución

Seis meses




Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso Potestativo de Reposición


Formularios

Modelo de impreso que aparece al final de la Resolución


Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.