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WAI A - WCAG 1.0

Programa de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Educación, Universidades e Investigación


Órgano gestor

Dirección de Política Científica


Objeto

El objeto de la presente Orden es convocar ayudas para la realización de estancias con inicio entre 1 de abril de 2009 y 31 de marzo de 2010, en centros de investigación ubicados fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con el fin de que los investigadores e investigadoras de los organismos beneficiarios de la presente Orden actualicen sus conocimientos y adquieran nuevas técnicas.

Este programa tiene dos subprogramas:

B.1.- Estancias largas: en este subprograma el investigador o investigadora deberá desarrollar durante su estancia un proyecto que se encuentre integrado en la línea de investigación del equipo receptor.

B.2.- Estancias cortas: en este subprograma se incluyen acciones como aprendizaje de técnicas concretas, asistencia a cursillos de alta calidad, estancias para la realización de trabajos específicos y otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios científicos de alto nivel.

Información adicional

 


Destinatarios/as

1.- Las entidades beneficiarias de estas ayudas son los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes a cualquiera de las categorías de agentes de acuerdo al artículo 2 del Decreto 221/2002, de 1 de octubre, por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Tecnología.

En todo caso, se entenderá como entidad beneficiaria aquella en la que se integra el candidato o candidata y que además tiene personalidad jurídica propia.

Los investigadores e investigadoras de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea tendrán acceso a estas ayudas siempre y cuando formen parte de algún grupo de investigación que haya obtenido la calificación «A» o «B» según Resolución de 30 de octubre de 2007, BOPV n.º 228, de 27 de noviembre de 2007, de la Viceconsejera de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la relación de beneficiarios de la convocatoria de ayudas para apoyar las actividades de los grupos de investigación del sistema universitario vasco.

Los organismos beneficiarios deberán aplicar las ayudas exclusivamente para las actividades e investigadores o investigadoras que nominalmente aparecen en la solicitud y en la resolución de la convocatoria.

2.- El personal investigador de las entidades beneficiarias que participen en las actividades financiadas por esta convocatoria contarán con un seguro de accidentes corporales y de responsabilidad civil.

3.- No podrán ser beneficiarios quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

 


Dotación económica

520.000,00 €


Normativa reguladora

ORDEN de 29 de octubre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan los programas de perfeccionamiento y movilidad del personal investigador. (BOPV 14/11/2008)

 


Personas de contacto

Nombre y Apellidos: Patxi Esparza
Tel.: 945 018295/98
Fax: 945 018422
E-mail: huisibas@ej-gv.es


Documentación a aportar

Documentación requerida para la formulación de las solicitudes. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Instancia de solicitud en el impreso normalizado núm. 1, que incluye una declaración jurada de el candidato o la candidata, en la que manifiesta que no posee ningún otro tipo de subvención que tenga por objeto la financiación de esta actividad.

b) Solicitud de participación en el programa de estancias externas según el impreso normalizado núm. 2 y memoria.

c) Currículum vitae del candidato o candidata, según impreso normalizado.

d) Currículum vitae de el responsable o la responsable del equipo investigador receptor.

e) Carta del responsable o la responsable del equipo investigador receptor aceptando la inclusión del candidato o candidata en alguno de los proyectos en vías de realización.

f) Compromiso de concesión de licencia al candidato o candidata, extendido por el representante o la representante legal del organismo beneficiario, en caso de que se obtuviera la ayuda.

g) Los organismos beneficiarios no pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según lo establecido en la Orden de 7 de octubre de 1991 del Consejero de Hacienda y Finanzas (BOPV n.º 208, de 15 de octubre) y la actualización correspondiente al año en curso.

h) Documentación válida en derecho en la que se haga constar que el o la firmante de la solicitud ostenta la representación legal del centro. Si el mismo organismo presentara varias solicitudes sólo será necesaria dicha acreditación una vez.

 


Plazo de presentacion

Para la presentación de la instancia de solicitud y demás documentación se establecen los siguientes plazos:

a) Para las estancias con inicio entre 1 de abril y 30 de septiembre de 2009, el plazo será de un mes a partir del día siguiente al de publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial del País Vasco.

b) Para estancias con inicio entre 1 de octubre de 2009 y 31 de marzo de 2010, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 1 de abril de 2009.

 


Lugar presentación solicitudes

Departamento de Educación, Universidades e Investigación

Dirección de Política Científica

Referencia: Perfeccionamiento y movilidad del personal investigador

C/ Donostia-San Sebastián 1

01010 Vitoria-Gasteiz

por cualquiera de los modos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

 


Descripción de los trámites

-


Órgano que resuelve

La Viceconsejera de Universidades e Investigación.


Plazo de resolución

Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de los respectivos plazos de presentación de solicitudes.



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Impresos normalizados aparecidos en la Orden


Otros documentos

No hay.


Observaciones

La dirección Internet para obtener el texto de la convocatoria y los formularios de solicitud es: «http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net».


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

17/11/2008